Niveles de decisión colectiva

James Buchanan y Gordon Tullock (1962) presentan en su libro, El cálculo del consenso, dos niveles en los que se estructura la toma de decisiones colectiva. Los dos niveles se corresponden con 1) la política ordinaria y 2) la política constitucional. La política ordinaria es aquella hecha en asambleas legislativas; la política constitucional la conforman las decisiones acerca de las reglas de la política ordinaria. Buchanan (2003) recalca que ya existía esta distinción a nivel de análisis legal (leyes constitucionales vs. ley estatutaria), no obstante, la novedad consiste en aplicar esta división al análisis económico. De esta manera, la acción política se desarrolla en dos niveles distintos: uno dentro de las reglas establecidas por la constitución y otro donde se establecen las reglas (o dicha constitución) que impone estos límites.

 

Ejemplo: 

Si aplicamos este análisis estructural a las decisiones en Guatemala, el nivel de política constitucional es lo establecido en la Constitución Política de la República (1985) o en las leyes constitucionales. Por otro lado, forman parte de la política ordinaria las decisiones que se toman en el día a día y bajo las reglas de la Constitución. Un ejemplo de ello son las leyes que pasan por el Congreso como la Ley que Promueve el Turismo Interno Decreto 42-2010 o la Ley de Creación de los Ambientes Libres de Humo de Tabaco Decreto 74-2008.

 

Referencias:

  • Buchanan, James M. 2003. «Public Choice. Politics Without  Romance». Policy 19 (3): 13-18.
  • Buchanan, James M. y Gordon Tullock. 1962. The Calculus of Consent: Logical Foundations of Constitutional Democracy. Estados Unidos: University of Michigan Press.

 

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