La CAME: Un reto de decisión colectiva
La Comisión de Actualización y Modernización Electoral 2020 —CAME— convocada por el Tribunal Supremo Electoral —TSE— implica un proceso deliberativo complejo. En diciembre de 2019, como ejercicio de reflexión poselectoral, el TSE hizo un llamado para recibir propuestas de reforma a la Ley Electoral y de Partidos Políticos —LEPP—. Dicha legislación es la regidora de las normativas electorales y del sistema de representación en el Congreso de la República. La Comisión se convierte en un espacio para escuchar propuestas y argumentos de organizaciones de sociedad civil a través de seis sesiones de discusión dirigidas por el equipo del TSE.
Con esto en mente, el pleno de magistrados decide si presentar una propuesta de reforma al Congreso tomando en cuenta los resultados de la Comisión. Como parte de sus principios orientadores se establece “la búsqueda de acuerdos amplios en el proceso de toma de decisiones basada en la deliberación y en el principio de no objeción, y no se entiende como unanimidad”. Esto se realiza a través de “un proceso de participación plural e incluyente”.
La CAME no establece ninguna reserva de exclusión en la participación de las sesiones y propuestas. Es difícil tener un mecanismo de discreción para decidir qué tipo de organización debe o no tener voz para proponer reformas a la LEPP. Hay una representación desproporcionada tomando en consideración el hecho de que hay varias organizaciones de mujeres, cada una presentando una propuesta para la paridad en el Congreso. Lo mismo ocurre con el sector privado organizado, que tiene intereses en el modelo de financiación.
La función de costos vs. cantidad de participantes en una toma de decisión colectiva la establecen Gordon Tullock y James Buchanan en el Cálculo del consentimiento: Los fundamentos lógicos de la democracia constitucional. La inversión individual en representación de intereses de una organización específica —sociedad civil, cámara empresarial o partido político— se vuelve altamente racional, y los costos impuestos por dicha negociación aumentan mientras haya más actores involucrados. La CAME no tiene atribuciones de decisión, pero sí de incidencia en el TSE.
Los costos impuestos por dicha negociación aumentan mientras haya más actores involucrados. La CAME no tiene atribuciones de decisión, pero sí de incidencia en el TSE.
Las decisiones de menor trascendencia política serán aquellas en las que menos actores políticos se vean involucrados, por ejemplo, reglamentos de implementación del órgano electoral. Aquí, el TSE tiene mayor autonomía para su creación y, por ende, menos costos de transacción. No obstante, la decisión final de los magistrados del TSE corre el riesgo de tener más consecuencias externas.
Mientras exista alguna posibilidad de que el individuo se vea afectado negativamente por una decisión colectiva —como lo son los intereses de sectores específicos—, las externalidades esperadas serán mayores. Estos costos desaparecen solo con la regla de la unanimidad; es decir, cuando hay mayor necesidad de negociación con más actores, como muestra el siguiente gráfico. La CAME, como reto de decisión colectiva, tendrá consecuencias para el diseño del régimen político que luego quedará a manos del Congreso. Dichas discusiones no tienen el objetivo de llegar a un consenso por unanimidad.
Las decisiones importantes y trascendentes para los sistemas políticos —las constitucionales y de alto impacto— deben llevar un proceso más complejo para ser inclusivas y tener menos externalidades. La CAME no llega a la magnitud política de una sesión constitucional, pero debido a que juega un rol en el proceso de reforma la ley electoral conlleva un desarrollo más complicado que las decisiones políticas del día a día.
Es así como el diseño del sistema electoral, cuatro años después de las reformas del 2016, queda sujeto a los diversos intereses de las organizaciones que en muchos casos presentan modelos incompatibles entre sí. La discusión gira en torno a la representación de la mujer, el financiamiento de los partidos políticos y los límites de la campaña en cuanto a gasto y publicidad. Dichas conclusiones pueden incluso acabar siendo entregadas a los nuevos magistrados que están en proceso de ser elegidos por el Congreso; ellos decidirán la pertinencia de presentar una propuesta de reforma. Al final, no importa qué se proponga, la última decisión la tendrán los diputados del Congreso de la República.
Es así como el diseño del sistema electoral, cuatro años después de las reformas del 2016, queda sujeto a los diversos intereses de las organizaciones que en muchos casos presentan modelos incompatibles entre sí.
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